Militares en Tepatitlan Jalisco
El 27 de enero de 2016, elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), irrumpieron en un domicilio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco y, sin orden judicial de por medio, detuvieron, torturaron y agredieron a cuatro personas y luego se llevaron a tres en una camioneta. Mas tarde dos de ellas fueron encontradas muertas.
Por este caso, denunciado por el padre de una de las víctimas, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 54/2017, dirigida al Secretario de la Defensa Nacional (SEDENA), General Salvador Cienfuegos Zepeda.
La recomendación es por el cateo ilegal en agravio de cuatro personas; la detención arbitraria, desaparición forzada, tortura y violencia sexual de tres de ellas y la ejecución arbitraria de dos, ocurridas en Tepatitlán de Morelos, Jalisco, y atribuibles a efectivos adscritos al Tercer Batallón de la Brigada de Fusileros Paracaidistas.
Dicha recomendación coincide con la aprobación en la Cámara de Diputados, el lunes pasado, de la Ley de Seguridad Interior, que da sustento legal en las intervenciones de persecución militar contra el crimen organizado, y que fue duramente cuestionada por la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) y la propia CNDH.
De acuerdo con la investigación del organismo nacional, al investigar los hechos acreditó violaciones a los derechos humanos a la inviolabilidad del domicilio, integridad y seguridad personal, a la libertad y a la vida.
Relató que, de acuerdo con el testimonio del padre de una de las víctimas, el 27 de enero de 2016 personal militar retuvo a su hijo, a su sobrino y a dos personas más al interior de su domicilio, ubicado en el municipio mencionado.
El quejoso refirió que el personal militar le impidió el acceso a su domicilio y permaneció afuera, escuchando que su hijo gritaba que ya no lo golpearan.
Dos horas más tarde los militares subieron a tres de los detenidos a la parte trasera de una camioneta y aseguraron el vehículo de uno de ellos. Una cuarta persona fue dejada en libertad.
El padre acudió a diferentes Agencias del Ministerio Público local y federal, sin obtener información sobre el paradero de sus familiares.
En el auditorio público municipal “Miguel Hidalgo”, preguntó a elementos del Ejército Mexicano sobre el destino de las personas detenidas. Le dijeron que no realizaron detención alguna y que sólo habían asegurado un vehículo que tenía reporte de robo, por lo cual presentó la denuncia de hechos correspondiente ante el agente del Ministerio Público en Tepatitlán de Morelos.
Dos días después, personal de la Fiscalía General del estado le informó que en un rancho ubicado sobre la carretera Tepatitlán-Tototlán habían sido localizados los cuerpos de dos de los detenidos y que el tercero había sido trasladado al Hospital Regional de ese municipio para su atención médica, por las lesiones que presentaba.
La CNDH aseguró que del análisis de los testimonios y las periciales realizadas por personal a su cargo logró acreditar que los militares ingresaron de manera ilegal al domicilio referido pues no presentaron la orden de cateo correspondiente. Además, aseguró que al interior del domicilio las personas fueron víctimas de tortura y violencia sexual.
“Se constató que los afectados fueron detenidos arbitrariamente sin contar con el mandamiento judicial respectivo emitido por autoridad competente, por la probable comisión de un delito y sin que se acreditara la flagrancia o la urgencia como causa legítima para llevar a cabo dicho aseguramiento”, señaló el organismo.
Asimismo, refirió que los militares omitieron presentar a los detenidos de manera inmediata ante la autoridad y elaborar el informe correspondiente, como lo establece la ley.
“Por el contrario, (los detenidos) fueron golpeados, trasladados a varios lugares y, finalmente, conducidos a un sitio deshabitado, donde fueron víctimas de malos tratos”, relató.
Según la declaración de la víctima sobreviviente, los militares también intentaron privarla de la vida al tratar de quebrarle el cuello en diversas ocasiones, aplicándole una “llave china”. La víctima fue testigo de que a las otras dos personas sí les torcieron el cuello; “por ello, al adminicular las evidencias directas sobre el fallecimiento de las dos víctimas, la CNDH concluyó que fueron privadas arbitrariamente de la vida por elementos de la Sedena”.
La Comisión dejó en claro que cualquier persona que cometa conductas delictivas debe ser sujeta a proceso, para que sus actos sean sancionados dentro del marco del derecho, pero “respetando en todo momento los derechos humanos consagrados en las normatividades nacional e internacional.
“El combate a la delincuencia es totalmente compatible con el respeto a la dignidad de las personas, por lo que el personal de seguridad y las fuerzas armadas deben actuar en todo momento con profesionalismo”, recalcó.
Y si bien el organismo reconoció que la Sedena realizó acciones de reparación del daño como entregar recursos económicos y brindar atención médica a la víctima sobreviviente, así como atención psicológica a sus familiares de las víctimas, recomendó al titular de la institución, General Salvador Cienfuegos, “reparar integralmente el daño ocasionado a las víctimas y a sus familiares”.
Pidió proporcionándoles atención médica, psicológica y tanatológica; inscribirlas en el Registro Nacional de Víctimas y colaborar en las denuncias que la CNDH presente ante la Procuraduría General de la República y el Órgano Interno de Control en la Sedena para la investigación del caso.
También impartir un curso de capacitación a personal castrense para prevenir y proscribir la desaparición forzada, tortura, tratos crueles, detenciones arbitrarias y cateos ilegales, así como elaborar o, en su caso, actualizar el Protocolo para que se empleen cámaras fotográficas, de videograbación y grabación de audio en todos los operativos militares.